Excedencia funcionaria víctima de violencia de género

Excedencia funcionaria víctima de violencia de género

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Hola.

Tengo una duda con la regulación de la excedencia de la funcionaria víctima de violencia de género y por más que busco no la saco. 

Ésta excedencia viene regulada expresamente en el artículo 89.1.d y 89.5 del EBEP, hasta ahí perfecto. Lo que no logro averiguar es si ADEMÁS se recoge en el RD 365/1995 de 10 de marzo sobre situaciones administrativas. Evidentemente no viene como regulada en el artículo 2 de dicho RD pero encontré un apunte que ponía que por la modificación que hacía la LO 1/2004 a la 30/84 de 2 de agosto se "entendía " como que también se regulaba en éste RD (365/1995). 

En el caso de que pregunten dónde viene regulada la excedencia para funcionarias víctima  de violencia de género, ¿cuál respuesta sería valida?

1. En el EBEP (5/2015)

2. En el EBEP y en RD 365/1995  

En el caso de que pregunten sobre las excedencias que regula el RD 365, EN NINGÚN CASO se daría como válida la excedencia de funcionaria víctima de violencia de género? 

Gracias!! 

Última edición: 23/01/20 21:07 por

Re: Excedencia funcionaria víctima de violencia de género

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Hola, la respuesta sería que viene regulado en el EBEP. En el caso de que pregunten por las excedencias del RD 365, éste no regula la excedencia de funcionaria víctima de violencia de género.

Un saludo. 

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