Buenos días. Tengo una duda que me gustaría resolver con certeza.
Si un funcionario de iipp, es sancionado por falta leve. Quien es competente para la imposición de la sanción?
El subsecretario, el delegado del gobierno... No lo tengo claro
Gracias de antemano
Si no me equivoco seria el delegado o subdelegado en servicios periféricos y la SGIP en servicios centrales por delegación del subsecretario
Hola!
Para la imposición de sanciones por faltas leves de apercibimiento es el Delegado del Gobierno en su ámbito territorial. Para muy graves y graves el Sibsecretario del Interior (excepto separación del servicio que es el Ministro del Interior)
Espero haber ayudado!
En IIPP ees el Subsecretario de Interior. Punto. Tanto en servicios centrales como periféricos. Si habláis de otros ministerios, puede ser, pero en esta secretaría es el Subsecretario, tanto para incoar como para imponer sanciones.
En respuesta a Juanjo Alarcón
En IIPP ees el Subsecretario de Interior. Punto. Tanto en servicios centrales como periféricos. Si habláis de otros ministerios, puede ser, pero en esta secretaría es el Subsecretario, tanto para incoar como para imponer sanciones.
por falta leve sería el secretario general de iipp
En respuesta a Ignacio Camarena Martín
por falta leve sería el secretario general de iipp
Si tú lo dices.