Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por AV 2023. Manuela Mendez Mendez -

Hola me podéis aclarar  el art.1.5 sobre las cuestiones litigiosas de los internos trabajadores, gracias 

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por Art Fer -

Tienes que estar suscrita a una plataforma de pago y en su foro específico para que te respondan. 

(recuerda que hay que pasar por caja... dinerito, dinerito) 

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por Nacho CL -

Hola, soy compañero, te explico lo que yo entiendo a ver si te sirve:

En el ámbito laboral se pueden dar dos tipos de conflictos, colectivos (ERE, interpretación Convenio Colectivo....) que afectan a la generalidad de trabajadores e individuales, que afectan a un solo trabajador (horario, vacaciones, acoso.....). Es a éstos a lo que se refiere el art 1.5 R.D. 782/2001.

El trabajo penitenciario, al que se refiere este RD, es una relación laboral de carácter especial (debido a la sujeción especial a la Administración de estos trabajadores-presos) y por tanto tienen unas normas un tanto diferentes al Estatuto de los Trabajadores que es por el que se regulan las relaciones laborales ordinarias junto con los repectivos Convenios Colectivos.

Pues bien, en esta relación laboral especial, el empleador es la Entidad Estatal Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo y lo que dice este art es que cuando se produzca un conflicto que afecte a un trabajador, éste tendrá que acudir a la ley de procedimiento laboral (como todos los trabajadores) para demandar al empleador (EETPyFE) pero antes de la demanda judicial tendrá que reclamar en vía administrativa (como todos los trabajadores), esto es un intento de conciliación previa (CEMAC) que puede terminar en un acuerdo, para evitar la vía judicial o sin acuerdo, será entonces cuando se pueda acudir a la vía judicial regulada en la ley de procedimiento laboral.

Un saludo

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por C.ss Ss -

Hasta donde yo se, a día de hoy las cuestiones litigiosas derivadas de los conflictos que se promuevan por los internos trabajadores encuadrados en la relación laboral especial penitenciaria, se regirán por la ley de la jurisdicción social (36/2011). Y de acuerdo al artículo 69 de dicha ley, para demandar a una entidad pública SÓLO es necasario haber agotado la vía administrativa. 

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por El maño .. -

En respuesta a C.ss Ss

Hasta donde yo se, a día de hoy las cuestiones litigiosas derivadas de los conflictos que se promuevan por los internos trabajadores encuadrados en la relación laboral especial penitenciaria, se regirán por la ley de la jurisdicción social (36/2011). Y de acuerdo al artículo 69 de dicha ley, para demandar a una entidad pública SÓLO es necasario haber agotado la vía administrativa. 

así es compañero ....

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por El maño .. -

En respuesta a Art Fer

Tienes que estar suscrita a una plataforma de pago y en su foro específico para que te respondan. 

(recuerda que hay que pasar por caja... dinerito, dinerito) 

la verdad que tienes razón compañero, es incomprensible que cobren por resolver dudas...pero voy más allá....es que no puede entender como cobran también para poder hacer los test online....y no solo eso...sino que además quieren cobrar también para que te manden el temario.....y ya no te digo nada el tema de la formación online, es que debería de ser libre acceso......

en fin, es un sin sentido todo esto...espero que recapaciten y lo den todo gratis, porque esto no puede ser así

Re: Tema 11 derecho penitenciario ar.1.5 rd 782/2001

Por Art Fer -

En respuesta a El maño ..

la verdad que tienes razón compañero, es incomprensible que cobren por resolver dudas...pero voy más allá....es que no puede entender como cobran también para poder hacer los test online....y no solo eso...sino que además quieren cobrar también para que te manden el temario.....y ya no te digo nada el tema de la formación online, es que debería de ser libre acceso......

en fin, es un sin sentido todo esto...espero que recapaciten y lo den todo gratis, porque esto no puede ser así

¡Bufff...que ironía! (¿sarcasmo quizá?) ¡Qué dotes de argumentación! :)

Ahora en serio, en fin...una nauseabunda y "magistral" reducción al absurdo propia de un "compañero" de foro amarillo, donde la gilipollez y la soberbia se anidan en cada respuesta. Un zoquete cuya contribución en un hilo es soltar 3 palabras y arremeter con una argumentación de parvulario contra aquellos que no compartan su punto de vista.

Te voy a hacer un croquis, mañito ( a ver si lo entiendes así ahora..quítate el palillo de la boca y lee): el material, los recursos y todo aquello que implique un trabajo de terceros, SE PAGA. El conocimiento, la diserción y el diálogo, no tienen precio.Punto. Para eso no hace falta pasar por caja, "compañero".

 Eres tan libre para joder comentando una opinión, como yo respondiéndote...y con mucho gusto.

Ahora, ya sí te puedes ir a a tomar por culo, mañito.

 

 

Última edición: 18/12/20 20:05 por Art Fer

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