Hola a todos!
os escribo a ver si alguien sabría aclararme una duda que me surge: haciendo un supuesto sobre dos internos que se fugan de un Centro penitenciario, uno en calidad de penado y otro de preso, deciden reingresar de manera voluntaria en su mismo centro: el supuesto pregunta que deberían hacer los funcionarios a su vuelta, yo pensaba que era detención como policía judicial al preso y al penado tratamiento de ingreso voluntario de penado.
pues al parecer la respuesta es detención como policía judicial a ambos, sabría alguien confirmarme si esto es así?
gracias y espero haberme explicado adecuadamente
El penado a cometido un delito de quebeantamiento de condena, por lo que hay que detenerlo también.