Me surge la siguiente duda:
Bien, hay 5 modalidades de homicidio, dentro del Título I del libro II CP, que son: Homicidio simple intencional o doloso, Homicidio agravado, Asesinato, Homicidio impruedente e inducción y cooperación al suicidio. Específicamente, en el Homicidio simple intencional o doloso se pone como ejemplo, el homicidio agravado por circunsancia mixta de parentesco, la duda que me surge es que al existir ya la modalidad de homicidio agravado (138.2), éste homicidio agravado por parentesco ¿Se refiere a que agrava el homicidio simple?
Hola! La circunstancia de parentesco es genérica, lo que quiere decir que agrava (o atenúa, cuando opere como atenuante) cualquier delito en el que concurra, salvo que tal circunstancia se halle específicamente prevista en el tipo de que se trate, como por ejemplo, los casos en que se amenaza al cónyuge.
Un saludo.
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Hola! La circunstancia de parentesco es genérica, lo que quiere decir que agrava (o atenúa, cuando opere como atenuante) cualquier delito en el que concurra, salvo que tal circunstancia se halle específicamente prevista en el tipo de que se trate, como por ejemplo, los casos en que se amenaza al cónyuge.
Un saludo.
Gracias!!!