Duda régimen disciplinario

Duda régimen disciplinario

Por Opositor IIPP -

¿Por una falta MUY GRAVE podran imponerse tambien sanciones mas leves? Por ejemplo, una sancion de privacion de permisos de salida de hasta 1 mes?

No se por que, en el art. 233 al hablar de sanciones graves y muy graves dice "PODRAN imponerse", y en las leves dice "SOLO podrán corregirse".

 

 

Por otra parte, para la repeticion de la infraccion del 235, debe ser la misma falta o pueden ser diferentes?

Última edición: 12/06/19 14:12 por Opositor IIPP

Re: Duda régimen disciplinario

Por -

Hola, por la comisión de una falta se debe imponer las sanciones expresamente previstas en la ley para las mismas. Por lo que por la comsión de una falta grave, sólo se podrá imponer las sanciones previstas para las faltas graves.

En cuanto a la repetición de la infracción, se requiere que las faltas cometidas sean la misma o de la misma naturaleza.

Un saludo. 

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