IV Convenio Colectivo Único

IV Convenio Colectivo Único

Por Desconocido Desconocido -

Disposición transitoria tercera. Entrada en vigor de los títulos VI y VII.

Las previsiones contenidas en materia de procedimientos de ingreso, promoción, provisión de puestos de trabajo y movilidad resultarán de aplicación cuando se haga efectivo el nuevo encuadramiento del personal laboral del ámbito del presente Convenio, previa adecuación de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

Hasta que se produzca dicha adecuación, la Comisión Paritaria negociará las formas de provisión de puestos de trabajo y de movilidad contempladas en el III Convenio único que continuarán siendo de aplicación y los plazos de vigencia de tales procesos.

¿Qué artículos concretos del III CCU siguen en vigor? Gracias.

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