Hola, mi duda es si en una Regresión de Grado por la Junta de tratamiento de un penado de 2 grado a 1 grado, pero que no implica traslado de cambio de establecimiento, porque se encuentre en una cárcel Tipo y lo pasan a un Módulo de 1 grado. En ese caso No Requiere Autorización al Centro Directivo por no haber Traslado?. Aunque Si notificar al JVP.
Gracias
Buenas tardes.
Aunque no implique traslado de un Centro a otro, si implica un cambio de grado y por lo tanto debe autorizar el Centro Directivo, previa propuesta de la Junta de Tratamiento y previo informe del Equipo Técnico y del Jefe de Servicios. Y sí, ha ponerse en conocimiento del JV y del interno las siguientes 72 horas a su adopción ( del acuerdo del Centro Directivo).
Un saludo.
En respuesta a
Buenas tardes.
Aunque no implique traslado de un Centro a otro, si implica un cambio de grado y por lo tanto debe autorizar el Centro Directivo, previa propuesta de la Junta de Tratamiento y previo informe del Equipo Técnico y del Jefe de Servicios. Y sí, ha ponerse en conocimiento del JV y del interno las siguientes 72 horas a su adopción ( del acuerdo del Centro Directivo).
Un saludo.
Gracias