Adelantamiento libertad condicional

Adelantamiento libertad condicional

Por ARM RM -

Buenas tardes 

¿Sabéis si para el adelantamiento de la libertad condicional se tiene que satisfacer la responsabilidad civil?

Re: Adelantamiento libertad condicional

Por maria mateos rossi -

Buenas, el adelantamiento de la condicional es un beneficio penitenciario, no hace falta satisfacer la responsabilidad civil, los requisitos para la codicional adelantada son, estar en un tercer grado, haber cumplido las 2/3 partes de la condena y realizar actividades de forma continuada etc,  Los requisitos de una condicional vienen en el art 90CP, observar buena conducta, 3/4 cumplidas de la condena y estar en un tercer grado. hay requisitos para todos los tipos de condicional y viene todo en el 90 CP. Espero haberte ayudado , un saludo

Re: Adelantamiento libertad condicional

Por ARM RM -

En respuesta a maria mateos rossi

Buenas, el adelantamiento de la condicional es un beneficio penitenciario, no hace falta satisfacer la responsabilidad civil, los requisitos para la codicional adelantada son, estar en un tercer grado, haber cumplido las 2/3 partes de la condena y realizar actividades de forma continuada etc,  Los requisitos de una condicional vienen en el art 90CP, observar buena conducta, 3/4 cumplidas de la condena y estar en un tercer grado. hay requisitos para todos los tipos de condicional y viene todo en el 90 CP. Espero haberte ayudado , un saludo

Buenas tardes,

Investigando sobre ello en profundidad, me parece que te equivocas.

En el caso del Adelantamiento de la libertad condicional artículo 90.2 dice que para que se conceda es necesario que se haya extinguido las 2/3 partes  de la condena, que durante el cumplimiento de su pena haya desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales bien de forma CONTINUADA o con aprovechamiento... y además acredite el cumplimiento del 90.1 (3º grados  y buena conducta ) pero luego dice en el mismo apartado que no se concederá la libertad condicional si no se satisface la responsabilidad civil, así que entiendo por extrapolación que en el adelantamiento de libertad condicional también se debe satisfacer.

¿Qué opinas?

Re: Adelantamiento libertad condicional

Por maria mateos rossi -

En respuesta a ARM RM

Buenas tardes,

Investigando sobre ello en profundidad, me parece que te equivocas.

En el caso del Adelantamiento de la libertad condicional artículo 90.2 dice que para que se conceda es necesario que se haya extinguido las 2/3 partes  de la condena, que durante el cumplimiento de su pena haya desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales bien de forma CONTINUADA o con aprovechamiento... y además acredite el cumplimiento del 90.1 (3º grados  y buena conducta ) pero luego dice en el mismo apartado que no se concederá la libertad condicional si no se satisface la responsabilidad civil, así que entiendo por extrapolación que en el adelantamiento de libertad condicional también se debe satisfacer.

¿Qué opinas?

En el 90 del CP pone....no se concerdera la suspension , si el penado no ha satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, conforme al apartado 5 y 6 del art 72 de la ley.  Echale un ojo al art 72 de la ley,uno de los requisitos para la condicional , es estar en un tercer grado, bien pues en el 72 de la ley pone, que no se va a clasificar ni progresar de grado , al que no haya satisfecho la responsabilidad civil en los casos de....delitos contra el patrimonio etc (viene mas abajo los delitos), si hay alguno de estos delitos, no se va a proceder  a pasar al tercer grado y por lo tanto , no podra tener la condicional, pero solo para este tipo de delitos, en los demas, no hay pq satisfacer la responsabilidad civil para obtener la condicional, solo es requisito satisfacer la responsalibidad civil `para estos delitos de este articulo. Al menos asi lo entiendo yo, un saludo :)

Re: Adelantamiento libertad condicional

Por ARM RM -

En respuesta a maria mateos rossi

En el 90 del CP pone....no se concerdera la suspension , si el penado no ha satisfecho la responsabilidad civil derivada del delito, conforme al apartado 5 y 6 del art 72 de la ley.  Echale un ojo al art 72 de la ley,uno de los requisitos para la condicional , es estar en un tercer grado, bien pues en el 72 de la ley pone, que no se va a clasificar ni progresar de grado , al que no haya satisfecho la responsabilidad civil en los casos de....delitos contra el patrimonio etc (viene mas abajo los delitos), si hay alguno de estos delitos, no se va a proceder  a pasar al tercer grado y por lo tanto , no podra tener la condicional, pero solo para este tipo de delitos, en los demas, no hay pq satisfacer la responsabilidad civil para obtener la condicional, solo es requisito satisfacer la responsalibidad civil `para estos delitos de este articulo. Al menos asi lo entiendo yo, un saludo :)

No, te estás equivocando.

En el art 72.5 de la LOGP su segundo párrafo pone que SINGULARMENTE, es decir, especialmente para los delitos contra el patrimonio y orden socioeconómico, contra los trabajadores, Hacienda pública y seguridad social y contra la Administración pública de los capítulos V al IX del título XIX del libro II del Código Penal, en estos caso la responsabilidad civil es también del todo necesaria, pero no quiere decir el artículo 72.5 de la LOGP que solo sea para ellos.

 

Re: Adelantamiento libertad condicional

Por maria mateos rossi -

En respuesta a ARM RM

No, te estás equivocando.

En el art 72.5 de la LOGP su segundo párrafo pone que SINGULARMENTE, es decir, especialmente para los delitos contra el patrimonio y orden socioeconómico, contra los trabajadores, Hacienda pública y seguridad social y contra la Administración pública de los capítulos V al IX del título XIX del libro II del Código Penal, en estos caso la responsabilidad civil es también del todo necesaria, pero no quiere decir el artículo 72.5 de la LOGP que solo sea para ellos.

 

Bueno, entonces lo vemos de manera distinta. Un saludo

Responder a este tema
Inicia sesión o regístrate para responder a este tema.