Buenas tardes, tengo dos dudas que me hago un lío, con el RD 782/2001 Relacion Laboral de Carácter Especial de los Penados y el estatuto RD 122/2015, DE 27 de febrero de Derecho Público trabajo penitenciario penitenciario y formación para el empleo, que diferencia hay?
Y lo otra cuestión es que el artículo 7 del Estatuto el audio de las clases comenta (lo que entendí) que los organismos no son los que estan en ese artículo, que cambiaron, donde se publica dicho cambio?
Muchas gracias.
Buenas, no se si te he entendido bien , pero la relacion laboral de caracter especial la lleva TPyFE . Siempre relacion laboral de caracter especial, va unida a TPyFE, en el real decreto 782/2001, se regula el tema de la seguridad social para estos penados y la seguridad social para los TBC
En respuesta a maria mateos rossi
Buenas, no se si te he entendido bien , pero la relacion laboral de caracter especial la lleva TPyFE . Siempre relacion laboral de caracter especial, va unida a TPyFE, en el real decreto 782/2001, se regula el tema de la seguridad social para estos penados y la seguridad social para los TBC
Buenos dias, ya me lo aclaró el tutor, no sabía como expresarlo. Gracias por su contestación.