Acumulación jurídica.

Acumulación jurídica.

Por INT 2023. Marcel Pérez Lence -

Buenos días,Llevo un buen cacao respecto a la acumulación jurídica. Entiendo que siempre se parte de la primera sentencia, y de  los delitos que se hubieren cometido antes de la misma, para llevar a cabo el proceso. Pero, ¿ Es posible pasar a la siguiente sentencia para tratar de ver si la acumulación jurídica en ese caso es más beneficiosa todavía que la realizada con la primera sentencia, y así sucesivamente hasta resolver en qué caso se ahorra más tiempo el reo? ¿O solo se puede realizar con la primera sentencia?. Por otro lado, una vez realizada una acumulación jurídica de un bloque, ¿se puede aplicar el proceso de nuevo si todavía restan sentencias  y hechos que no han sido incluidos en la primera acumulación? ¿Se pueden realizar varias acumulaciones jurídicas por el mismo juez o tribunal, en un mismo auto? ¿O simplemente se haría la suma aritmética de las penas restantes no incluidas en la primera y única acumulación jurídica? Gracias y disculpad si he dicho alguna barbaridad. Entiendo el proceso pero los ejemplos que he practicado son más bien cortos y no dan lugar a este tipo de dudas. 

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