Plazo de expulsión 10 o 5 años

Plazo de expulsión 10 o 5 años

Por ARM RM -

Buenas tardes,

¿Cuándo es la explusión por 10 años y cuándo por 5? En los que no podrá regresar el extranjero a España.

Re: Plazo de expulsión 10 o 5 años

Por Opositor IIPP -

No es 5 o 10, es entre 5 y 10 años

 

No esta regulado, es a libre criterio del Juz o Tribunal "atendidas la duración de la pena sustituida y las circunstancias personales del penado"

Última edición: 19/03/19 14:11 por Opositor IIPP

Re: Plazo de expulsión 10 o 5 años

Por ARM RM -

Es que vi en algun sitio sobre la expulsión administrativa que no sé si ponía 5 años?

Re: Plazo de expulsión 10 o 5 años

Por -

Hola, en el caso de la expulsión administrativa de extranjeros, en cuanto a la duración de la prohibición de entrada en territorio español, se dan dos supuestos.

Por regla general, la prohibición de entrada al territorio español tendrá una duración que no excederá de 5 años, en función de las circunstancias que concurran en cada caso.  

No obstante, dicha prohibición de entrada podrá tener una duración de hasta 10 años, de forma excepcional, cuando el extranjero suponga una amenaza GRAVE para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o para la salud pública.

 

Por lo tanto, por regla general, la expulsión administrativa tendrá una duración de 5 años; y con carácter EXCEPCIONAL, de 10 años cuando  suponga una amenaza GRAVE para el orden público, la seguridad pública, la seguridad nacional o para la salud pública.

 

Un saludo. 

 

Re: Plazo de expulsión 10 o 5 años

Por ARM RM -

Estupendo, duda resuelta! muchas gracias

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